Resolución de la Unidad Registral N.° 00377-2025-SUNARP/ZRI/UREG

22 de setiembre de 2025

AUTORIZAR a partir de la fecha toda abstención requerida por el registrador público de la sección II SID PREDIOS del Registro de Propiedad Inmueble de Piura, señor abogado Luis Javier Fajardo Arriola, solicitadas en mérito al artículo 35° del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, únicamente en el supuesto indicado en el considerando quinto de la presente resolución. Del mismo modo, el pase por equidad debe efectuarse invocando la presente resolución y como consecuencia de la abstención efectuada, comunicando a esta Jefatura de la Unidad Registral, con copia al correo institucional: pasesregistraleszri_piura@sunarp.gob.pe.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Unidad Registral – Zona Registral n.º I – SUNARP

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