Resolución de la Unidad Registral N.° 00236-2025-SUNARP/ZRI/UREG
11 de junio de 2025
Rectificar el ARTÍCULO SEGUNDO y CUARTO de la Resolución de la Unidad Registral N° 308-2024-ZRN°I/UREG de fecha 25.11.2024, en el sentido que debe decir:
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el Señor Registrador Público del Registro de Predios de la Oficina Registral de Piura, publicite la duplicidad existente, extendiendo las anotaciones de inicio de trámite de cierre de partidas a que se refiere el artículo primero de la presente resolución.”
“ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR (…) y a la encargada del diario de la Oficina Registral
de Piura.”
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el Señor Registrador Público del Registro de Predios de la Oficina Registral de Piura, publicite la duplicidad existente, extendiendo las anotaciones de inicio de trámite de cierre de partidas a que se refiere el artículo primero de la presente resolución.”
“ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR (…) y a la encargada del diario de la Oficina Registral
de Piura.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Unidad Registral – Zona Registral n.º I – SUNARP