Resolución de la Unidad Registral N.° 192-2025-SUNARP/ZRN.°II/UREG
5 de mayo de 2025
ARTÍCULO PRIMERO. – Dar por CONCLUIDO el procedimiento administrativo de cierre de la partida 02273529 (sólo en lo que respecta al área de 7,521.40 m2.) del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, por existir duplicidad con inscripciones incompatibles con la partida registral N° 02207806 del mismo registro, al haberse formulado OPOSICION conforme se indica en los fundamentos expuestos en la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. – Disponer que el Registrador Público encargado del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo de la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo, realice lo dispuesto en la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO. – Déjese expedito el derecho de los interesados para demandar ante el órgano jurisdiccional correspondiente la declaración de cierre, cancelación, invalidez o cualquier otra pretensión destinada a rectificar la duplicidad existente entre las partidas registrales N° 02273529 y la partida registral N° 02207806 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo de la Zona Registral N° II.
ARTÍCULO SEGUNDO. – Disponer que el Registrador Público encargado del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo de la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo, realice lo dispuesto en la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO. – Déjese expedito el derecho de los interesados para demandar ante el órgano jurisdiccional correspondiente la declaración de cierre, cancelación, invalidez o cualquier otra pretensión destinada a rectificar la duplicidad existente entre las partidas registrales N° 02273529 y la partida registral N° 02207806 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo de la Zona Registral N° II.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Unidad Registral – Zona Registral n.º II – SUNARP