Resolución de la Unidad Registral N.° 028-2025-SUNARP/ZRXIV/UREG

13 de enero de 2025

DISPONER LA PRORROGA EXTRAORDINARIA Y GENERAL de la vigencia del asiento de presentación de los títulos, hasta por el plazo máximo establecido en el artículo 27 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, cuando concurran los siguientes supuestos: a) Cuando el pronunciamiento del Registrador Público se produzca el sexto día anterior al vencimiento de la vigencia del asiento de presentación, b) Cuando el pronunciamiento del Registrador Público se produzca dentro de los cinco últimos días de vigencia del asiento de presentación, c) Cuando se requiera previo informe técnico del área de catastro y el plazo ordinario no permita extender los asientos de inscripción correspondientes; y, d) Cuando se trate de títulos presentados a través del trámite receptora-destino y la remisión física haya generado demora que afecte el derecho del usuario en la subsanación de los defectos advertidos, el pago de mayor derecho liquidado o la extensión de los asientos registrales, del ser el caso.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Unidad Registral - Zona Registral n.° XIV

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RESOLUCION No 00028-2025-SUNARP_ZRXIV_UREG

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