Resolución de la Dirección Técnica Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 027-2025-SUNARP/DTR

30 de julio de 2025

ESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por la señora Alejandrina Yane Flores Gutiérrez y REVOCAR la Resolución Jefatural N° 00028-2025- SUNARP/ZRXII/UREG que declaró improcedente el inicio del procedimiento de cierre de partidas por duplicidad entre las partidas P06328357, P06328358 y P06328359 respecto de la Partida 01107525, todas del Registro de Predios de la Oficina Registral de Camaná; en consecuencia, la Jefatura de la Unidad Registral de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa disponga el inicio del procedimiento de cierre parcial de las partidas P06328358 (en una extensión de 96.17 m2), P06328359 (en una extensión de 238.93 m2), y el cierre total de la partida P06328357, al encontrarse sobre el ámbito referencial de la partida N° 01107525, del Registro de Predios de la Oficina Registral de Camaná, y por las consideraciones expuestas en la presente resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Técnica Registral

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