Resolución de la Unidad Registral N.° 580-2025-SUNARP-ZRNXIII-UREG
13 de mayo de 2025
Artículo 1.- DECLARAR improcedente el inicio de procedimiento de cierre departida por duplicidad existente entre la Partida N°05012392 y Partida P20016368 delRegistro de Predios de Tacna, por los fundamentos antes expuestos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Unidad Registral - Zona Registral N° XIII Sede Tacna