Resolución Jefatural N.° 114-2023-SUNARP/OA

27 de noviembre de 2023

RECTIFICAR el error material contenido en el Artículo 2 de la Resolución N° 092-2023-SUNARP/OA de fecha 12 de setiembre de 2023, debiendo entenderse la
redacción como se detalla a continuación:

DICE:
“Artículo 2.- Disponer que la rectificación dispuesta por el presente acto administrativo sea notificada al contratista Telefónica del Perú S.A.A., con la misma forma y modalidad de comunicación del acto original rectificado, precisando que la rectificación se produce con efecto retroactivo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, por lo que a partir del 8 de setiembre de 2023, se considera el inicio de la ejecución de prestación adicional.”

DEBE DECIR:
Artículo 2.- Disponer que la rectificación dispuesta por el presente acto administrativo sea notificada al contratista Telefónica del Perú S.A.A., con la misma forma y modalidad de comunicación del acto original rectificado, precisando que la rectificación se produce con efecto retroactivo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, considerando el inicio de la prestación adicional desde el 19 de setiembre de 2023 hasta el 18 de julio de 2024, en que concluye el plazo del contrato, N° 012-2021-SUNARP, prestación principal, para la ejecución del ¨Servicio de Transmisión de Datos – Item N° 02- Red Lima y Callao

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Administración

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