Resolución Jefatural N.° 111-2023-SUNARP/OA
9 de noviembre de 2023
Aprobar el reconocimiento de crédito no devengado a favor del contratista CONSORCIO MAPFRE PERU COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS conformado por
MAPFRE COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. y MAPFRE PERU VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, ahora MAPFRE PERU COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., en virtud al contrato Nº 016-2021, por el monto de S/ 1,039.34 (Un mil treinta y nueve con 34/100 Soles) , por conceptos de Seguro de Formación laboral Juvenil (FOLA) y Accidentes Personales, detallados en el anexo que forma parte de la presente Resolución.
MAPFRE COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. y MAPFRE PERU VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, ahora MAPFRE PERU COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., en virtud al contrato Nº 016-2021, por el monto de S/ 1,039.34 (Un mil treinta y nueve con 34/100 Soles) , por conceptos de Seguro de Formación laboral Juvenil (FOLA) y Accidentes Personales, detallados en el anexo que forma parte de la presente Resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Oficina de Administración