Resolución del Presidente del Tribunal Registral N.° 190-2023-SUNARP/PT
21 de agosto de 2023
PRECEDENTE APROBADO EN EL CCLXXVI (276) PLENO DEL TRIBUNAL REGISTRAL
NULIDAD DE RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Corresponde declarar la nulidad de la resolución emitida por el Tribunal Registral cuando se omitió citar al informe oral solicitado oportunamente por el apelante. Tratándose de la tacha especial es aplicable el criterio establecido en el párrafo precedente siempre que se haya solicitado el informe oral antes de expedida la resolución.
Criterio sustentado en la Resolución N° 3513-2023-SUNARP-TR del 17.8.2023.
NULIDAD DE RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Corresponde declarar la nulidad de la resolución emitida por el Tribunal Registral cuando se omitió citar al informe oral solicitado oportunamente por el apelante. Tratándose de la tacha especial es aplicable el criterio establecido en el párrafo precedente siempre que se haya solicitado el informe oral antes de expedida la resolución.
Criterio sustentado en la Resolución N° 3513-2023-SUNARP-TR del 17.8.2023.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal Registral que sustentan los Precedentes de Observancia Obligatoria