Resolución N.° 1679-2023-SUNARP-TR

20 de abril de 2023

DEJAR SUBSISTENTE la observación formulada por la registradora pública del Registro de Predios de Piura y DISPONER que en ejecución de la presente resolución se remita el título a la oficina de Catastro para lo fines indicados en el considerando 12 de esta resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal Registral que no pudieron ser notificadas personalmente

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