Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 3505-2022-SUNARP-TR

5 de setiembre de 2022

  1. REVOCAR la observación formulada al título apelado y REMITIR el título a la primera instancia para su calificación, conforme a los fundamentos noveno y décimo de la presente resolución.
  2. DISPONER, que en ejecución de la presente resolución, se proceda a efectuar la anotación de apelación señalada en el décimo tercero considerando.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal Registral que no pudieron ser notificadas personalmente

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