Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 2693-2022-SUNARP-TR

8 de julio de 2022

PRIMERO: DEJAR SIN EFECTO la observación en todos sus extremos, y REFORMULARLA en los términos desarrollados en los considerandos 11 al 13 de la presente resolución.
SEGUNDO: DISPONER que el registrador extienda la anotación del recurso de apelación en la partida n.° 12806133 del Registro de Predios de Lima.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal Registral que no pudieron ser notificadas personalmente

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