Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 2386-2022-SUNARP-TR

17 de junio de 2022

  1. DEJAR SUBSISTENTE la esquela de observación formulada al título señalado en el encabezamiento, debiendo proceder el registrador público del Registro de Predios de Huacho, conforme a lo indicado en el décimo considerando del análisis, por los fundamentos expuestos en el análisis de la presente resolución.
  2. DISPONER que el registrador público del Registro de Predios de Huacho, proceda a extender la anotación de apelación en la partida respectiva, de conformidad a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal Registral que no pudieron ser notificadas personalmente

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