Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 038-2022-SUNARP-DTR

10 de agosto de 2022

DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por la administrada Hildegard Elena Cortes de Celi, contra la Resolución Jefatural Nº 063-2021-SUNARPZ.R.NºI/UREG del 02.06.2021; en consecuencia, CONFIRMAR la recurrida, que declaró improcedente la solicitud de inicio de procedimiento de cierre de partidas por duplicidad entre las partidas registrales N° 04014918, 04128044, 03008004, 04016178, 04108387, 04127890, 11017487, 11000888, P15097417 y la 04096966, todas, del Registro de Predios de la Oficina Registral de Piura, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Técnica Registral

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