Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 195-2022-SUNARP/PT
26 de julio de 2022
PRECISIÓN AL PRECEDENTE SOBRE INSTRUMENTOS EMITIDOS POR NOTARIO CESADO ADOPTADO EN EL PLENO CCXXXVII DEL 26 DE ENERO DE 2021
Los instrumentos públicos y actuaciones notariales efectuados o expedidos por el notario después de emitida la resolución del Colegio de Notarios en el sentido de cerrar su registro notarial y nombrar notario administrador, conforme el artículo 21-A del D. Leg. 1049, no dan mérito a inscripción.
Los instrumentos públicos y actuaciones notariales efectuados o expedidos por el notario después de emitida la resolución del Colegio de Notarios en el sentido de cerrar su registro notarial y nombrar notario administrador, conforme el artículo 21-A del D. Leg. 1049, no dan mérito a inscripción.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal Registral que sustentan los Precedentes de Observancia Obligatoria