Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 551-2022-SUNARP-TR

14 de febrero de 2022

REVOCAR los puntos 1, 2, 3 y 5 de la tacha sustantiva, de acuerdo a los fundamentos desarrollados en la presente resolución.
DEJAR SUBSISTENTES los puntos 4 y 6, al no haber sido impugnados, y SEÑALAR que se tratan de defectos subsanables.
AMPLIAR la denegatoria al defecto subsanable descrito en el último fundamento de esta resolución, teniendo en cuenta lo indicado en el considerando 14 de esta resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Tribunal Registral que no pudieron ser notificadas personalmente

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