Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 125-2022-SUNARP-ZRN.°IX-JEF
24 de febrero de 2022
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR de oficio prescrita la facultad disciplinaria de la entidad para determinar la existencia de falta administrativa contra la Registrador Público I KARINA SOLEDAD FIGUEROA ALMENGOR, por su actuación en el procedimiento administrativo disciplinario, en calidad de órgano instructor, como Coordinadora (e) Responsable del Registro de Propiedad Inmueble, iniciado contra la servidora CAS Sara Elizabeth Seminario Cerdán, al haber transcurrido en exceso el plazo establecido en el artículo 94 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en concordancia con el numeral 97.1 del artículo 97 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente resolución... (ZRN°IX-JEF)
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR de oficio prescrita la facultad disciplinaria de la entidad para determinar la existencia de falta administrativa contra la Registrador Público I KARINA SOLEDAD FIGUEROA ALMENGOR, por su actuación en el procedimiento administrativo disciplinario, en calidad de órgano instructor, como Coordinadora (e) Responsable del Registro de Propiedad Inmueble, iniciado contra la servidora CAS Sara Elizabeth Seminario Cerdán, al haber transcurrido en exceso el plazo establecido en el artículo 94 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en concordancia con el numeral 97.1 del artículo 97 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente resolución... (ZRN°IX-JEF)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Jefatura - Zona Registral N° IX Sede Lima