Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 068-2016-SUNARP-DTR

30 de setiembre de 2016

Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por doña MIMI JOSEFINA RATTERI VALLE y, en consecuencia CONFIRMAR la Resolución N° 291-2016-ZR N° VIII-UREG del 05 de
abril del 2016, que declaró improcedente la solicitud de cierre de partida formulada por la apelante.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Técnica Registral

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