Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 025-2017-SUNARP-DTR
17 de noviembre de 2017
Declarar infundado el recurso de apelación contra la decisión
contenida en el artículo primero de la Resolución de la Unidad Registral N° 248- 2016-Z.R.N°XII-UREG, que declaró improcedente la solicitud sobre posible duplicidad entre las inscripciones de las partidas 11107155 Y 01147882 del
Registro de Predios de la Zona Registral XII- Sede Arequipa, de conformidad con lo expresado en los considerandos de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Técnica Registral