Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 028-2019-SUNARP-DTR

24 de julio de 2019

DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por la Maritza Ynes Vallejos Chapoñan y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución de Unidad Registral Nº433-2018-Z.R.NºII-UREG del 20.11.2018 que declaró improcedente el inicio del procedimiento de cierre de partidas por duplicidad, entre las partidas registrales Nª11157165, 11007381,11164856 y la partida registral Nº02197927, todas del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Técnica Registral

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RES. 028-2019-SUNARP-DTR

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