Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 017-2020-SUNARP-DTR
27 de agosto de 2020
DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por la señora Mariela Carmela Albujar Salvatierra y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución de Unidad Registral N° 057-2019-Z.R. N° XI-UREG del 20.02.2019, que declaró improcedente el inicio del procedimiento de cierre de partidas por duplicidad, entre la partida registral N° 11069806 y la partida N° 02010727, ambas del Registro de Predios de la Oficina Registral de Ica.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Técnica Registral