Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 012-2020-SUNARP-DTR

3 de agosto de 2020

DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por el Jefe de la Oficina Zonal de Arequipa - COFOPRI, Richard Elvis Ramos Condori y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución de la Unidad Registral N° 119-2019-Z.R.N°XII-UREG, del 26.04.2019, por la cual se declaró improcedente el inicio del procedimiento de cierre de partidas por duplicidad entre la partida N° 01088975 (antes Ficha 31561) y la partida N° P06144753, ambas del Registro de Predios de la Oficina Registral de Arequipa.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Técnica Registral

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RES. 012-2020-SUNARP-DTR

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