Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 037-2015-SUNARP-SN
15 de marzo de 2016
Declarar infundada la queja formulada por los señores César Antonio Valladolid Saavedra y Lorenzo Ventura Inoñan por los fundamentos expuestos en los considerandos que anteceden. (SN)
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