Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 012-2017-SUNARP-SN
20 de enero de 2017
Declarar de oficio, prescrita la facultad disciplinaria de la entidad respecto a la responsabilidad de los trabajadores Angel Augusto Izquierdo Risso, Gustavo Adolfo Vigo Rojas y Alvaro Augusto Ancajima Bruno; quienes ejercieron el cargo de Gerentes de Administración y Finanzas de la Zona Registral Nº II- Sede Chiclayo, respecto a no gestionar la renovación de las cartas fianzas de fiel cumplimiento; conforme a lo expuesto en el Informe de Auditoría Nº 003-2016-2-0310, al haber prescrito ia facultad disciplinaria de la entidad, por superar el plazo establecido en el
numeral 97,1 del articulo 97º del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado con el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM. (SN)
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