Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 083-2019-SUNARP-SN
5 de abril de 2019
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el verificador arquitecto Adolfo Jorge Taboada Palacios, contra la Resolución Jefatural Nº573-2018-SUNARP-Z.R. NºIX/JEF del 12 de setiembre del 2018, al haber incurrido en responsabilidad, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 17 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº27157, aprobado mediante Decreto Supremo Nº035-2006-VIVIENDA, y, en el literal b) del artículo 33 del Reglamento del Índice de Verificadores del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº188-2004-SUNARP/SN; y en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Jefatural Nº573-2018-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF del 12 de setiembre de 2018, que dispone sancionar al recurrente cancelando su inscripción en el Índice de Verificadores del Registro de Predios a cargo de la Zona Registral NºIX- Sede Lima. (SN)
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