Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 127-2019-SUNARP-SN
11 de junio de 2019
Aprobar la atención de las solicitudes de inscripción en el Registro de Predios de los actos de Levantamiento de Bloqueo y Levantamiento de Hipoteca, para un solo predio, de un solo titular registral y que recaiga sobre una sola partida registral, en el plazo preferente de calificación de 48 horas; plazo que también comprende la atención de los reingresos por subsanación o por de mayor derecho. (SN)
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