Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 002-2020-SUNARP-ZRN.°XIV-JEF

31 de enero de 2020

Precisar que, como el desplazamiento se realiza a petición del propio servidor, no resulta procedente reconocerle gasto alguno de traslado e instalación, alimentación y movilidad, en aplicación estricta del numeral 70.3 del artículo 70 del Reglamento Interno de Trabajo de la SUNARP y la Sexta Disposición Final y Complementaria de la Directiva Nº 001-2016-ZRNºXIV-SEDE AYACUCHO. (ZRN°XIV-JEF)

Esta norma pertenece al compendio Normas y Resoluciones (Zona Registral N° XIV)

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RES. 002-2020-SUNARP-ZRN°XIV-JEF

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