Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 115-2019-SUNARP-ZRN.°VII-JEF
23 de julio de 2019
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, de oficio prescrito la facultad disciplinaria de la entidad para disponer el inicio del procedimiento administrativo disciplinario, contra la Registrador Público, abogada Zoila Ada Huerta Cruzatti, por haber presuntamente cometido la falta administrativa al momento de extender el Asiento C00003 de la Partida N° 11001938 del Registro de Predios de Huaraz, en mérito de la calificación del Título N° 2013-18422 de fecha 09 de octubre de 2013, por cuanto desde la presunta comisión de la falta administrativa, esto es, el día 24 de diciembre de 2013, hasta la fecha en que tomo conocimiento de la misma por parte de la Unidad de Administración de esta Zona Registral, esto es, el día 31 de enero de 2019, han transcurrido más de cinco (5) años, por lo que ya superó el plazo de prescripción a que refiere el artículo 94° de la Ley N° 30057, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente Resolución. (ZRN°VII-JEF)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Jefatura - Zona Registral n.° VII