Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 030-2020-SUNARP-DTR

31 de diciembre de 2020

DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por el señor Pedro Enrique Polanco Delgado y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución de la Unidad Registral N° 331-2019-SUNARP-Z.R.N° XII/UREG, del 08.08.2019, que declaró improcedente el inicio del procedimiento de cierre de partidas por duplicidad entre la partida N° 04009011 (ficha 360051) y las partidas N° 04011437 (ficha 904798), N° 11199555 y N° 11269399 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Camaná de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección Técnica Registral

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RES. 030-2020-SUNARP-DTR

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