Carta N.° 171-2023-SUNARP/DTR

Opinión legal

31 de julio de 2023

Conforme al último párrafo del numeral 214.1 del artículo 214 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, constituye un trámite previo a la declaración de la revocación brindar a los posibles afectados con la revocación la oportunidad de presentar los alegatos y evidencias a su favor, mediante la presente, considerando que fue usted quien solicitó en su oportunidad el cierre de la partida N° 02271726 (Ficha N° 62656), se le notifica a efectos que en el plazo de seis (días) de notificada esta carta pueda formular sus alegatos o presentar las evidencias de algún perjuicio en su contra como consecuencia de la eventual declaración de la revocación de las Resoluciones N° 341-2006-Z.R.N°II-GR y N° 372-2007-Z.R.N°II-GR.

Se acompaña a la presente, el Informe N° 259-2023-SUNARP/ZRII/UREG y anexos, así los informes técnicos N° 005538-2023-Z.R.N°II-SEDE-CHICLAYO/UREG/CAT y N° 0029-2023-SUNARP/DTR/SCT.

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