Convenio de cooperación financiera entre la Sunarp y el Banco de Comercio
Convenio
22 de diciembre de 2021
El presente Convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones que regirán los créditos personales de consumo otorgados por el BANCO a favor el personal de la Entidad, cuyas características y condiciones a favor de los TRABAJADORES se encuentran establecidos en el Anexo 01 del presente documento.
La cancelación de dichos créditos se encuentra sujeta a reembolso efectuado por LA ENTIDAD, mediante los descuentos mensuales automáticos en la Planilla Única de Pagos de Remuneraciones del personal beneficiario, de acuerdo a la SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN EXPRESA DE DESCUENTOS POR PLANILLA, suscrita por el TRABAJADOR, presentada de acuerdo al Formato señalado en el Anexo III del presente Convenio.
Tipo de convenio: OTROS
Fecha de inicio: 22/12/2021
Estado: Indeterminado
Código: CNV-2345
Tipo de convenio: OTROS
Fecha de inicio: 22/12/2021
Estado: Indeterminado
Código: CNV-2345
Esta publicación pertenece al compendio Convenios con entidades financieras - Sunarp