Más de 1,400 inspecciones realizó la Sunafil para detectar trabajo infantil y adolescente

Nota de prensa
 A partir de los 14 años, los adolescentes pueden laborar, siempre y cuando, no realicen actividades prohibidas o peligrosas. Además, deben contar con una autorización del MTPE
Foto manos de menor que trabaja
Foto trabajo infantil en textiles

11 de junio de 2024 - 8:00 a. m.

Un total de 1,445 inspecciones en trabajo infantil y adolescente realizó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), entre el 2023 y lo que va del 2024, en todo el país. Las regiones de Lima Metropolitana, La Libertad y Junín, fueron donde se presentaron la mayor cantidad de casos, generando el mayor número de inspecciones en estas materias.
“En nuestro país, la mayoría de menores trabaja en el sector agrícola, en el trabajo del hogar y en talleres de costura”, señaló Rosa Capcha, supervisora del Grupo Especializado de Inspectores del Trabajo en materia de Trabajo Forzoso y Trabajo Infantil de la Sunafil.
Esta información fue compartida por la Sunafil, al conmemorarse el Día Mundial contra el Trabajo Infantil, este 12 de junio.
De acuerdo con el informe técnico “Estado de la Niñez y Adolescencia”, elaborado sobre los resultados de la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO), solo en el trimestre octubre-noviembre-diciembre del año 2023, el 59,4% de la población de 6 a 16 años de edad que no asiste a un centro de enseñanza, manifestó no hacerlo por problemas económicos o familiares. Este porcentaje incluye a los que dejaron de estudiar por trabajo y a los que se dedican a los quehaceres del hogar.
Para reportar estos casos, la Sunafil cuenta con un aplicativo web, cuya finalidad es que las autoridades y ciudadanos alerten sobre la existencia de trabajo infantil y adolescente informal. Se trata del aplicativo “SOS Alerta contra el Trabajo Infantil y Trabajo Forzoso”, al cual se puede acceder en el siguiente enlace: https://aplicativosweb7.sunafil.gob.pe/si.alerta/
Una vez ingresada la alerta, la Sunafil articulará con las autoridades respectivas, como la Policía Nacional del Perú y la Fiscalía de la Nación, para intervenir e investigar el hecho.
¿Quiénes pueden laborar?
Los adolescentes pueden laborar de manera formal, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos: contar con 14 años a más, no realizar un trabajo prohibido o peligroso que pueda exponerlos a sufrir un accidente laboral y –sobre todo– que cuenten con una autorización, la cual debe ser solicitada a las direcciones regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, del lugar donde se localiza el centro de trabajo.
Además, tanto los empleadores como los adolescentes deben saber que la jornada máxima de trabajo no puede exceder de cuatro horas diarias ni de 24 horas semanales, si es que el menor tiene 14 años. En caso tenga entre 15 y 17 años de edad, no puede exceder de seis horas diarias ni de 36 horas semanales.


Unidad Funcional de Comunicaciones e Imagen Institucional.