Ica: Sunafil paraliza trabajos en el Reservorio El Carmen de la Municipalidad San Juan Bautista

Nota de prensa
• Medida favorece a 22 obreros de municipales de limpieza pública y recolección de residuos sólidos.
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Fotos: UFCI - SUNAFIL

SUNAFIL

8 de abril de 2024 - 2:22 p. m.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), a través de su Intendencia Regional en Ica, paralizó de forma total los trabajos en el reservorio de agua “El Carmen” de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, ubicada en la provincia de Ica.
 
El equipo inspectivo liderado por el intendente regional, Roberto Castillo Gambini, desarrolló un operativo de fiscalización en materia de seguridad y salud en el trabajo a favor de 22 obreros municipales de limpieza pública y recolección de residuos sólidos.
 
“Hemos paralizado los trabajos en el reservorio por 15 días, al existir riesgo grave e inminente de accidentes de los trabajadores, siendo que la escalera del reservorio tenía una estructura de metal oxidada, sin peldaños antideslizantes ni sistema de detención anti caídas por lo que los trabajadores al subir al reservorio podrían caer y sufrir un accidente mortal”, remarcó el responsable de la Sunafil en Ica.  
 
Asimismo, el equipo inspectivo constató que el predio del reservorio no tiene un acceso de ingreso seguro ya que existe una excavación en donde se encuentran las válvulas que no cuentan con barandas perimetrales y las paredes son inestables.
 
Informó, además, que en la visita a los distintos puestos de trabajo se entrevistó obreros de limpieza pública y recolección de residuos sólidos, luego de lo cual se constató como principales observaciones: equipos de protección personal incompletos o inadecuados (lentes, ropa de trabajo, guantes, botas), entre otros, observaciones que deberán ser levantadas por la comuna.
 
“Debemos recordar que en caso un trabajador sea expuesto a accidentes de trabajo y/o tengan consecuencias mortales o no mortales no sólo habría responsabilidades administrativas (multas) por parte de la Sunafil, sino también consecuencias civiles y penales si se incumplieron las normas de seguridad y salud en el trabajo en aplicación del artículo 168-A del Código Penal”, dijo. 
 
“En las municipalidades son los alcaldes quienes, de acuerdo al Principio de Prevención y Responsabilidad, así como el artículo 26 de la Ley Nº 29783 están obligados a liderar la prevención de riesgos laborales y son los responsables de las enfermedades y accidentes de trabajo”, finalizó Roberto Castillo.