Más de 900 inspecciones realizó la Sunafil para verificar régimen laboral de las personas con discapacidad
Nota de prensa✔ La mayoría de inspecciones se realizaron por operativos inopinados y en menor cantidad por denuncias de los trabajadores.



4 de diciembre de 2025 - 2:09 p. m.
925 inspecciones realizó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) para verificar el régimen laboral de las personas con discapacidad y la cuota de empleo, entre el 2024 y lo que va del 2025. De esa cantidad, 840 fueron realizadas por operativos inopinados y 85 por denuncias generadas por los mismos trabajadores.
Como resultado, se han emitido entre la primera y segunda instancia, 530 resoluciones de multa equivalente a 4,528,479.65 soles.
Cabe recordar que está prohibida la discriminación del trabajador con discapacidad, directa o indirecta, en materia de empleo u ocupación, ya sea en la etapa previa a la contratación, durante el empleo o al término del contrato.
Corresponde a los empleadores la responsabilidad de cumplir con una serie de medidas concretas. En primer lugar, existe la obligación de cumplir con la cuota de contratación: en el sector público, al menos el 5% del personal de cada entidad debe estar constituido por personas con discapacidad; mientras que, en el sector privado, la cuota mínima es del 3% para empresas con más de 50 trabajadores.
Asimismo, los empleadores deben garantizar ajustes razonables para las personas con discapacidad, tanto en los procesos de selección como en el puesto de trabajo. Esto implica adecuar metodologías de evaluación, entrevistas, herramientas de trabajo, el entorno laboral, horarios u organización del trabajo, según las necesidades del trabajador. Solo pueden dejar de hacer estos ajustes, si demuestran que representan una carga desproporcionada.
Otra medida importante es la conservación del empleo: si una persona adquiere una discapacidad durante la relación laboral, tiene derecho a mantener su puesto siempre que, con ajustes razonables, pueda seguir desarrollando sus funciones. Si no fuera posible, el empleador debe reubicarla en un puesto compatible y seguro, siempre que exista una vacante.
Multas
El incumplimiento de la cuota de empleo de las personas con discapacidad es una infracción grave. Las sanciones van desde los 588.50 soles para las microempresas hasta los 139,742 soles para las no mype.
La Sunafil continuará brindando esta información, con la finalidad de que las empresas puedan cumplir con lo que indica la normativa y eviten incumplimientos y posibles multas.
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