Sunafil atendió 178 denuncias por hostigamiento sexual laboral entre el 2024 y lo que va del 2025
Nota de prensa
18 de noviembre de 2025 - 8:00 a. m.
Un total de 178 denuncias por hostigamiento sexual laboral atendió la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), entre el 2024 y en lo que va del 2025, donde los temas más inspeccionados fueron los incumplimientos de las empresas por no contar con un adecuado procedimiento de investigación y sanción del hostigamiento sexual laboral (125 casos), así como la falta de medidas de protección hacia las víctimas y la falta de implementación de canales de atención (119 casos).
Esta información fue compartida por la Sunafil, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que se conmemora el 25 de noviembre.
¿Qué hago si soy víctima de hostigamiento sexual?
La víctima puede denunciar de manera verbal o por escrito ante el área de Recursos Humanos de la empresa donde trabaja. También puede presentar, en paralelo, una denuncia ante la Sunafil.
En caso de que el hostigador sea el empleador, personal de dirección, de confianza o un accionista, o si el empleador no inicia la investigación correspondiente, la víctima puede acudir a la vía judicial para solicitar el cese de la hostilidad o, en su defecto, el pago de la indemnización correspondiente, dando por terminado el vínculo laboral.
La recepción de una denuncia o el inicio de oficio del procedimiento debe ser comunicado a través de la plataforma de Registro de Casos de Hostigamiento Sexual Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en un plazo no mayor a seis días hábiles de recibida la denuncia o iniciado el procedimiento.
La Oficina de Recursos Humanos comunica la denuncia al Comité de intervención frente al hostigamiento sexual o al delegado, dentro del plazo de un día hábil, quien será el encargado de realizar la investigación en los casos de hostigamiento sexual laboral.
Entre las acciones a favor de la víctima, Recursos Humanos, en un plazo de un día hábil, debe poner a disposición de la víctima los canales de atención médica, física, mental o psicológica o derivar esta atención a los establecimientos de salud públicos o privados. Y, en un plazo no mayor a tres días hábiles de interpuesta la denuncia, otorgarle medidas de protección como rotación de la víctima, cambio de lugar de trabajo, suspensión temporal al hostigador, solicitar impedimento de acercamiento o de proximidad a favor de la presunta víctima, entre otras.
Multas y sanciones
Si la empresa o el empleador no inicia el procedimiento de investigación ni emite una decisión que ponga fin al procedimiento de investigación y sanción por hostigamiento sexual, incurre en una infracción muy grave. También constituye una infracción muy grave no otorgar las medidas de protección a favor de la víctima o no poner a su disposición los canales de atención médica, física, mental o psicológica. Las multas fluctuarán entre los 1,230.50 soles hasta los 281,035.50 soles para las no mype.
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