Trabajadores pesqueros deben contar con Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo y Seguro Vida Ley

Nota de prensa
 Ambos seguros son de contratación obligatoria y garantizan la protección y seguridad de los pescadores.
foto pescador
Foto pescador
Inspección de embarcación

13 de noviembre de 2025 - 8:05 a. m.

En el marco del Día Mundial de la Pesca, que se celebra el 21 de noviembre, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que los trabajadores del sector pesquero deben contar con un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) y un Seguro de Vida Ley, ambos de carácter obligatorio.

Seguros laborales obligatorios
El SCTR es una protección destinada a cubrir los riesgos que implica la actividad pesquera. Por ello, los empleadores están obligados a contratar y pagar este seguro, que otorga cobertura de salud por trabajo de riesgo, así como cobertura por invalidez y sepelio en caso de accidente o enfermedad laboral.

Asimismo, los trabajadores pesqueros deben contar con el Seguro de Vida Ley, que debe ser otorgado desde el inicio de la relación laboral, sin importar la modalidad de sus contratos. Este seguro garantiza un pago económico a los beneficiarios en caso de fallecimiento o al trabajador si sufre un accidente que le ocasione invalidez total y permanente.

Régimen laboral pesquero y beneficios sociales
El régimen laboral pesquero se aplica a los trabajadores pescadores en sus distintas modalidades —tanto artesanales como industriales— que prestan servicios bajo relación de dependencia en embarcaciones pesqueras o plantas de procesamiento.

De acuerdo con el Decreto Supremo N.° 014-2004-TR, los trabajadores pesqueros cuentan con los siguientes beneficios laborales, entre otros:

· Compensación por Tiempo de Servicios (CTS): equivalente al 8.33% de la remuneración computable.
· Vacaciones: equivalen al 8.33% de la remuneración computable, con pago mensual.
· Gratificaciones legales: corresponden al 16.66% de la remuneración computable, con pago mensual.
Los trabajadores pueden retirar la totalidad de su CTS al cesar definitivamente en la actividad pesquera, o realizar retiros parciales de hasta el 50%, conforme a ley. Además, pueden disponer libremente de los montos depositados por vacaciones y gratificaciones legales.

Cabe señalar que la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador supervisa el pago de los beneficios compensatorios y sociales de los trabajadores del sector, sin perjuicio de las competencias de la SUNAFIL.


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