Sunafil solicita información sobre implementación de lactarios en beneficio de madres trabajadoras
Nota de prensa La entidad envió cartas inductivas a empresas privadas de todo el país para garantizar espacios adecuados en favor de la lactancia materna.


11 de noviembre de 2025 - 8:00 a. m.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) envió cartas inductivas a nivel nacional a empresas que cuentan con 20 o más mujeres en edad fértil, solicitándoles que remitan información sobre la implementación de lactarios en sus centros de trabajo. Esta acción preventiva busca promover el cumplimiento de la normativa respecto a que el empleador debe garantizar espacios que faciliten la lactancia materna y contribuyan al bienestar de las madres trabajadoras.
Las empresas seleccionadas son aquellas que pertenecen al sector privado, están activas y habidas en la Sunat, y cuentan con 250 o más trabajadores, de acuerdo al registro de la Planilla Mensual de Pagos (PLAME).
De acuerdo a la ley que establece la implementación de lactarios en las instituciones del sector público y privado (Ley N.º 29896), se dispone que toda entidad pública y privada que cuente con 20 o más mujeres en edad fértil (15 a 49 años), debe implementar un lactario institucional.
El propósito de esta disposición es garantizar a las madres trabajadoras un espacio adecuado para la extracción, conservación y almacenamiento de leche materna, contribuyendo al derecho del niño a la lactancia materna y a la salud integral de la madre.
¿Qué hay que presentar ante la Sunafil?
Entre los documentos que ha solicitado la Sunafil están el cargo de recepción de la comunicación presentada ante el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), sobre la implementación del lactario. Este documento acredita que las empresas cumplieron con el registro del lactario ante el MIMP. Asimismo, deberán enviar un registro fotográfico del lactario, el cual debe contener imágenes nítidas que muestren el cumplimiento de las condiciones mínimas establecidas (área, privacidad, refrigeradora, ventilación, lavabo, mobiliario, entre otros).
Las empresas que reciban esta carta inductiva tienen un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de acuse de recibo de la carta, para remitir su información.
Recordemos que las cartas enviadas no son una medida inspectiva ni sancionadora, sino una acción preventiva de orientación. Su propósito es evitar incumplimientos que puedan originar una infracción.
En caso de que los empleadores requieran mayor información sobre la forma de remitir su respuesta a la Sunafil a través de la casilla electrónica, podrán participar en el consultorio legal en vivo que se realizará el jueves 13 de noviembre a las 4:00 p.m., el cual será transmitido por YouTube https://youtube.com/live/PpQwwIUmMes
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