Sunafil: Empleadores no deben exigir o permitir el transporte de carga manual que comprometa la salud o seguridad de sus trabajadores
Nota de prensa Información debe ser tomada en cuenta por trabajadores y empleadores de construcción civil.



21 de octubre de 2025 - 8:00 a. m.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó a los empleadores del rubro de construcción civil, que no deben exigir o permitir el transporte de carga manual que comprometa la salud o seguridad de sus trabajadores.
La entidad informó que, para una adecuada manipulación de cargas, se debe tener en cuenta que el peso máximo es de 25 kg para hombres y 15 kg para mujeres, según la Norma Básica de Ergonomía y de Procedimiento de Evaluación de Riesgo Disergonómico, aprobado mediante Resolución Ministerial N. ° 375-2008-TR.
Cabe señalar que, si las cargas superan los pesos señalados para su levantamiento manual, el empleador debe otorgar las ayudas mecánicas apropiadas para su manipulación.
Algunas medidas preventivas durante la manipulación de cargas que puede hacer el empleador son las siguientes:
· Reducir la distancia de transporte con carga, tanto como sea posible.
· Evitar manejar cargas subiendo cuestas, escalones o escaleras.
· Impedir la manipulación manual de cargas a las trabajadoras embarazadas; ellas deben ser reubicadas en otro puesto.
· Si las cargas son voluminosas y mayores de 60 cm de ancho por 60 cm de profundidad, el empleador deberá reducir el tamaño y el volumen de la carga.
· Todos los trabajadores asignados a realizar el transporte manual de cargas deben recibir una formación e información adecuada o instrucciones precisas en cuanto a las técnicas de manipulación que deben utilizarse, y así prevenir accidentes.
La Sunafil brindó esta información para que los empleadores controlen los riesgos ergonómicos, ya que su incumplimiento tipifica como una infracción grave, de acuerdo al Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
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