Más de 6,000 denuncias atendió la Sunafil por incumplimientos en el pago de las gratificaciones en este 2025

Nota de prensa
 Lima Metropolitana, La Libertad y Arequipa son las regiones donde hubo más inspección.
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4 de julio de 2025 - 8:00 a. m.

Un total de 6,486 denuncias de trabajadores del régimen privado atendió la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) este año, al haberse incumplido con el pago de sus gratificaciones, otorgadas los meses de julio y diciembre del 2024.

La mayoría de los casos han sido reportados en las regiones de Lima Metropolitana, Arequipa y La Libertad; y en las actividades dedicadas los servicios inmobiliarios, comercio al por mayor y menor; así como el de transportes.

Esta información fue brindada por la entidad fiscalizadora, con el fin de prevenir a los empleadores, sobre el pronto pago a sus trabajadores de este beneficio social. Y es que el próximo 15 de julio es la fecha límite en que pueden efectuarlo.

Dentro del Procedimiento Administrativo Sancionador, desde enero a la fecha, la Sunafil ha emitido 1,181 resoluciones en la primera instancia, con un monto de multa de S/ 6,755,330; y en segunda instancia, 145 resoluciones con un monto de S/ 890,618.

Cabe señalar que, además de las denuncias atendidas, se han realizado 110 inspecciones de oficio, a través de los operativos en distintos sectores económicos.

¿A cuánto asciende la gratificación?

El monto de la gratificación es equivalente a una remuneración mensual íntegra, si el trabajador laboró el semestre completo, es decir desde el 1 enero al 30 de junio de este año. Para aquellos trabajadores que no laboren el semestre completo, el monto de la gratificación será en proporción al número de meses calendarios completos laborados, a razón de 1/6 de la remuneración computable por cada mes calendario.

Es decir que, si usted ingresó a laborar el 3 de marzo del 2025, su gratificación por fiestas patrias será equivalente a 3/6 de la remuneración computable (abril a junio), pues el mes de marzo no ingresará al cálculo al no haber laborado el mes calendario completo.

Cabe señalar que, junto al pago de la gratificación, el empleador deberá abonar una bonificación extraordinaria, equivalente al 9 % de la gratificación. Este monto es el que dejan de abonar los empleadores por concepto de aportación a EsSalud, sobre las gratificaciones de julio y diciembre.

En el caso de los trabajadores afiliados a una EPS, la bonificación extraordinaria será equivalente al 6.75% de la gratificación.

Esta información es útil para los ciudadanos, pero también para los empleadores, quienes tienen responsabilidades legales.

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