Empresas deben considerar descanso remunerado de sus trabajadores este Jueves y Viernes Santo
Nota de prensa Entre el 2024 y 2025 se recibieron más de 20 mil denuncias a nivel nacional.




11 de abril de 2025 - 9:08 a. m.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que, durante la Semana Santa, los trabajadores del sector público y privado, tienen derecho a descansar y a recibir su remuneración habitual. Sin embargo, si el trabajador ha sido convocado por su empleador para laborar, tendrá derecho al pago correspondiente a la labor efectuada más una sobretasa del 100%. Ello debe ocurrir, siempre y cuando trabaje y no le den un día libre a cambio.
En el caso de que un trabajador gane 60 soles diarios y labore el Jueves Santo sin un descanso compensatorio, su pago por ese día será de un adicional de S/ 120.
- S/60 Remuneración por el trabajo realizado.
- S/60 Sobretasa del 100%.
Total: S/120 adicionales por día trabajado en feriado.
Si además, labora el Viernes Santo sin descanso sustitutorio, recibirá S/240 adicionales, en su boleta de pago.
¿Qué hago si no me pagan lo que corresponde?
Si la empresa donde trabajas no te paga lo que corresponde, podrás acudir a la Sunafil para denunciar el incumplimiento. Cabe señalar que por incumplir las disposiciones relacionadas con los descansos remunerados en días feriados es considerado una infracción muy grave, que dependiendo del tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados, puede ser sancionado entre los 1,230.50 soles hasta los 281,035.50 soles.
Inspecciones
La Sunafil abordó este tema, ya que entre el año pasado y lo que va del 2025, recibió 20,650 denuncias a nivel nacional, en las materias específicas de pago de remuneraciones (sueldos y salarios) y Remuneración Mínima Vital. Como resultado, en la primera y segunda instancia, se emitieron un total de 3,388 resoluciones, por un total de 23,498,944.31 soles.
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