¿Eres trabajador a tiempo parcial y quieres saber si recibirás utilidades? ¡Aquí te lo contamos!

Nota de prensa
 Todos los trabajadores, incluidos los que laboran a tiempo parcial, tienen derecho a participar de las utilidades.
foto de inspector con trabajadora, señalando una tabla
Trabajadora de vigilancia de seguridad privada
trabajador de empresa de colchones

17 de marzo de 2025 - 9:20 a. m.

El reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, que permite distribuir un porcentaje de la renta anual de la empresa antes de impuestos. En ese sentido, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral explica cómo calcular las utilidades correspondientes al 2025 y aclara que los trabajadores a tiempo parcial también pueden acceder a este beneficio.

Las utilidades se distribuyen a todos los trabajadores que laboran en empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría, que hayan registrado ganancias (renta) y que cuenten con más de 20 trabajadores. En ese contexto, los trabajadores a tiempo parcial, así como aquellos con jornadas inferiores a la máxima legal establecida, participarán en las utilidades en forma proporcional a la jornada trabajada.

¿Cuál es el porcentaje de distribución y cómo calcular el reparto de utilidades en el 2025?
El porcentaje de distribución varía dependiendo de la actividad económica que desarrolle la empresa generadora de renta. Por ejemplo, en las empresas de los sectores pesquería, telecomunicaciones e industria el porcentaje de utilidades que corresponde distribuir a los trabajadores es del 10% de renta anual; mientras que en empresas del rubro minería y comercio el porcentaje de distribución es del 8%. Respecto a las empresas del sector agrario corresponde distribuir del 7.5%; finalmente en las empresas que realicen otras actividades deben considerar el 5% de la renta anual para distribuir por concepto de utilidades entre el total de sus trabajadores.

Asimismo, el cálculo de utilidades que le corresponde a cada trabajador, se realiza en función de dos criterios:
· El 50% en función a los días laborados: Se considera el tiempo efectivamente trabajado, incluyendo descansos por maternidad y licencias con goce de haber. En el caso de trabajadores a tiempo parcial, se suman sus horas trabajadas hasta completar una jornada ordinaria.
· El 50% en función a las remuneraciones percibidas por cada trabajador: Este monto se divide entre la suma de los sueldos anuales de todos los trabajadores. Luego, el resultado se multiplica por el total de las remuneraciones que corresponde a cada trabajador en el ejercicio.

Finalmente, se suman ambos conceptos para determinar el monto total que recibirá cada trabajador. Es importante recordar que, el monto máximo de utilidades a percibir por cada trabajador equivale a 18 remuneraciones, considerando la remuneración mensual vigente al cierre del ejercicio.

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