Sunafil verificó que se cumplan derechos de las madres trabajadoras en C.C. La Rambla de San Borja
Nota de prensa Inspectores recorrieron unidades de negocio, durante una asistencia técnica. En dicho centro comercial laboran alrededor de 500 mujeres.




19 de diciembre de 2024 - 9:08 a. m.
Con la finalidad de reducir y prevenir los incumplimientos de las empresas hacia las mujeres trabajadoras, los inspectores de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recorrieron cerca de 30 locales del centro comercial La Rambla, ubicado en San Borja, para verificar que se respeten los derechos laborales durante los períodos de embarazo, lactancia, descanso pre y post natal, de las trabajadoras que son madres de familia.
Para ello se entrevistaron a las trabajadoras que se encontraban realizando la labor de exhibición, venta, cobro de productos, entre otros puestos, con la finalidad de conocer su situación dentro de su centro de trabajo. Cabe resaltar que en este centro comercial trabajan alrededor de 500 mujeres.
“A los empleadores se les indicó que las madres gestantes o lactantes no pueden ser despedidas ni en periodo de prueba o cuando no haya una causa justa”, señaló Paola Egúsquiza, inspectora de trabajo del grupo Gendi.
Los inspectores también recomendaron a los empleadores que exhiban sus horarios de trabajo y el registro de asistencia del día, para verificar si todos los trabajadores están en planilla y si hacen uso del refrigerio.
Esta asistencia técnica fue desarrollada por el Grupo Especializado sobre No Discriminación e Igualdad en el ámbito de Lima Metropolitana (Gendi), en el marco de la Directiva para la Fiscalización de la Normativa sobre la Protección de la Maternidad y Paternidad en el Trabajo, la cual fue presentada a inicios del mes de diciembre.
“En el marco de la nueva directiva damos recomendaciones en aras a que el trabajo pueda realizarse en condiciones de igualdad, para que las mujeres trabajadoras, tengan espacios donde puedan desarrollarse y conciliar las responsabilidades familiares con las laborales”, indicó la subintendenta de Fiscalización de Lima Metropolitana, Marina Barboza.
Los empleadores deben tomar en cuenta que, califica como infracción muy grave, ciertas conductas como las acciones u omisiones que impliquen la no protección de la trabajadora durante la gestación, no haber otorgado total o parcialmente el descanso pre y postnatal, no haber brindado el pago del subsidio, no otorgar permiso por lactancia materna durante la jornada, entre otros supuestos.
Unidad Funcional de Comunicaciones e Imagen Institucional