Resolución de Sala Plena N.° 001-2025-SUNAFIL-TFL
10 de marzo de 2025
Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de revisión interpuesto por CENCOSUD RETAIL PERU S.A. y, en consecuencia, NULA la Resolución de Sub Intendencia Nº888-2021-SUNAFIL/ILM/SIRE1, de fecha 20 de setiembre de 2019. ESTABLECER como precedentes administrativos de observancia obligatoria los criterios establecidos en los fundamentos 6.15, 6.16 y 6.17 de la presente resolución, referidos a los supuestos de tipificación del numeral 25.9 del artículo 25 del RLGIT, vinculados con aquellos actos que afectarían el derecho de huelga.