Resolución Jefatural N.° 56-2022-SUNAFIL-GG-OAD
1 de diciembre de 2022
ARTÍCULO PRIMERO. – Declarar INFUNDADO recurso administrativo de Apelación, interpuesto por PERUVIAN ENGINEERING GROUP S.A.C., contra el acto administrativo de fecha 28 de octubre de 2022 expedido por la Unidad de Cobranza y Ejecución Coactiva de la Oficina de Administración; que declara NO PROCEDENTE la solicitud de prescripción de la exigibilidad de la multa administrativa impuesta con relación al Expediente Sancionador No 238-2015- UNAFIL/ILM/SIRE2, por los considerandos expuestos en la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - NOTIFICAR la presente resolución al Obligado PERUVIAN ENGINEERING GROUP S.A.C., en el domicilio señalado en los documentos de visto sito en Av. Rosa Toro No 883, int.402, San Luis- Lima y a través del correo electrónico klavado@peruvianeg.pe; así como a la UNIDAD DE COBRANZA Y EJECUCIÓN COACTIVA de la Oficina de Administración, para conocimiento y acciones en el marco de sus competencias.
ARTÍCULO SEGUNDO. - NOTIFICAR la presente resolución al Obligado PERUVIAN ENGINEERING GROUP S.A.C., en el domicilio señalado en los documentos de visto sito en Av. Rosa Toro No 883, int.402, San Luis- Lima y a través del correo electrónico klavado@peruvianeg.pe; así como a la UNIDAD DE COBRANZA Y EJECUCIÓN COACTIVA de la Oficina de Administración, para conocimiento y acciones en el marco de sus competencias.