Resolución de Superintendencia N.° 048-2019-SUNAFIL

25 de enero de 2019

Artículo 1.- Modificar el artículo 3 de la Resolución de Superintendencia N" 178-2018-SUNAFIL de fecha 01 de octubre de 2018;el cual quedará redactado en los términos siguientes:
"Artículo 3.- De la Conformación del Comité
El "Comité para la Igualdad de Gnero de fa Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
- SUNAFIL", estará integrado por:
- Un/a representante de el/la Titular de la Entidad, quien lo presidirá.
- Un/a representante de lo Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, quien estará a cargo de la Secretaría Técnica.
- Un/a representante de la Intendencia Nocional de Prevención y Asesoría, en representación de los órganos de línea.
- Un/a representante de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración .
-Un/a representante del Equipo Funcional de Comunicaciones e Imagen Instltuclonal dependiente de la Gerencia General.
(...)" .
Artículo 2.· Disponer que los demás extremos contenidos en la Resolución de Superintendencia N" 178-2018·SUNAFIL, quedan subsistentes y mantienen plena vigencia.
Artículo 3. Notificar la presente resolución a los integrantes del Comité para la Igualdad de Género de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, según la modificación contenida en el artículo precedente.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.sunafil,gob.pe)
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