Resolución de Superintendencia N.° 025-2014-SUNAFIL

7 de abril de 2014

Delegar en el Intendente Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo, la facultad de disponer la realización de actuaciones fuera de los límites territoriales del órgano territorial de destino, mediante la agregación temporal de inspectores a otra inspección territorial o la asignación de actuaciones inspectivas, sobre empresas o sectores, con actividad en el territorio de más de una región.

Delegar en el Intendente Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo, la facultad de expedir órdenes de inspección sobre las materias transferidas por la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, precisadas por Decreto Supremo N° 002-2012-TR.
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