Resolución de Superintendencia N.° 74-2020-SUNAFIL

Suspensión de plazos del Sistema de Inspección del Trabajo

23 de marzo de 2020

Suspensión de plazos del Sistema de Inspección del Trabajo

Disponer, excepcionalmente, la suspensión del cómputo de los plazos por treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto de Urgencia N° 029-2020, de las actuaciones inspectivas y de los procedimientos administrativos sancionadores del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT), a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.

Asimismo, disponer, excepcionalmente, la suspensión del cómputo de los plazos por treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto de Urgencia N° 026-2020, de los procedimientos administrativos sujetos a silencio negativo o positivo del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT), a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.

Suspensión de plazos de procedimientos administrativos en la SUNAFIL

Disponer, excepcionalmente, la suspensión por treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto de Urgencia N° 029-2020, del cómputo de plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole que se encuentren sujetos a plazo, incluyendo a los procedimientos de acceso a la información pública, fraccionamiento del pago de multas y ejecución coactiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL.

Disponer, asimismo, a partir del 16 de marzo de 2020, la suspensión por quince (15) días, el cómputo de los plazos de procedimientos de selección y en materia de abastecimiento de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, conforme a lo establecido en la Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01.

Función de la Inspección del Trabajo

Establecer que la Inspección del Trabajo ejerce la función de vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo a nivel nacional en el marco de las disposiciones temporales y excepcionales emitidas para prevenir y controlar la propagación del Coronavirus (COVID-19) durante la Emergencia Sanitaria y el Estado de Emergencia Nacional.

Aprobación de Protocolo

Aprobar el Protocolo N° 003-2020-SUNAFIL/INII, denominado "PROTOCOLO SOBRE EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN INSPECTIVA, FRENTE A LA EMERGENCIA SANITARIA Y ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID-19) EN EL TERRITORIO NACIONAL".

Documentos

Vista preliminar de documento RS 074-2020-SUNAFIL.PDF

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