Resolución de Superintendencia N.° 81-2020-SUNAFIL

19 de mayo de 2020

Asignar, excepcionalmente, a partir de la fecha, las funciones de notificación y requerimiento al empleador de la documentación sustentatoria relacionada con el procedimiento de suspensión perfecta de labores a que se refiere el numeral 7.1.1 del Protocolo N° 004-2020-SUNAFIL/INII, denominado "Protocolo sobre la realización de acciones preliminares y actuaciones inspectivas, respecto a la verificación de la suspensión perfecta de labores en el marco del Decreto de Urgencia N° 038-2020, que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19", aprobado por Resolución de Superintendencia N° 076-2020-SUNAFIL, a los servidores / funcionarios de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, que a continuación se detalla:

  • Sergio González Guerrero, Gerente General.
  • Guillermo Enrique Fustamante Irigoin, Asesor I del Despacho del Superintendente.
  • Gonzalo Miguel Von Hesse La Serna, Coordinador del Equipo Funcional de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional.
  • Jesús Eloy Barrientos Ruiz, Intendente Nacional de Inteligencia Inspectiva.
  • María Milagros Del Río Vásquez, Intendenta Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo.
  • Álvaro Enrique García Manrique, Intendente Nacional de Prevención y Asesoría.
  • Carmen Cecilia López Díaz, Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
  • Hugo Alfredo Castañeda Torres, Coordinador del Equipo Funcional de Integridad Institucional.

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