Resolución de Superintendencia N.° 83-2020-SUNAFIL
Prórroga de la suspensión de plazos del Sistema de Inspección del Trabajo
26 de mayo de 2020
Prorrogar la suspensión del cómputo de los plazos dispuesta en el primer párrafo del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, hasta el 10 de junio de 2020, de las actuaciones inspectivas y de los procedimientos administrativos sancionadoras del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT), a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.
Asimismo, prorrogar la suspensión del cómputo de los plazos dispuesta en el segundo párrafo del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, hasta el 10 de junio de 2020, de los procedimientos administrativos sujetos a silencio negativo o positivo del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT), a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.
Prorrogar la suspensión del cómputo de los plazos dispuesta en el primer párrafo del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, hasta el 10 de junio de 2020, del cómputo de plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole que se encuentren sujetos a plazo, incluyendo a los procedimientos de acceso a la información pública, fraccionamiento del pago de multas y ejecución coactiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL.
Disponer el reinicio de los plazos referidos en el segundo párrafo del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, conforme a lo establecido en la Resolución Directoral N° 006-2020-EF/54.01.