COMUNICADO N° 23-2020-SUCAMEC

Comunicado
SOBRE AMPLIACION DE LA VIGENCIA DE TÍTULOS HABILITANTES

OCIMIN

9 de setiembre de 2020 - 7:26 p. m.

La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) informa a sus usuarios lo siguiente:

1. El 12 de abril de 2020 se emitió la RS N° 121-2020-SUCAMEC que dispone la prórroga de los títulos habilitantes expedidos por sus gerencias de Armas, Municiones y Artículos Conexos; de Explosivos y Productos Pirotécnicos; y de Servicios de Seguridad Privada en tanto dure el Estado de Emergencia Nacional decretado para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19).

2. El pasado 9 de mayo, el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo N° 1497, el cual facilita condiciones regulatorias para reducir el impacto en la economía del país. En virtud de esa norma, se otorgó una prórroga de un (1) año a los títulos habilitantes vencidos durante el Estado de Emergencia Nacional. Sin embargo, dicha extensión de vigencia no resulta aplicable a los títulos habilitantes que fueron prorrogados por entidades públicas a través de disposiciones especiales, como es el caso de Sucamec.

3. Por otro lado, el 10 de mayo del presente se publicó el Decreto Legislativo N° 1500, cuyo artículo 4° numeral 4.1 literalmente indica lo siguiente: “Las autorizaciones, permisos, licencias y cualquier otro título habilitante que tenga vigencia temporal, así como las certificaciones ambientales, que resulten necesarias para la implementación de proyectos de inversión pública, privada o público privada en infraestructura pública o servicios públicos, cuya vigencia culmine hasta el 31 de diciembre de 2020, se mantienen vigentes por doce (12) meses posteriores a la fecha de su vencimiento”, disposición exclusiva para reactivar, mejorar y optimizar la ejecución de los proyectos de inversión pública, privada y público privada.

4. En consecuencia, Sucamec hace de conocimiento público que, conforme al Decreto Legislativo N° 1500, está ampliando por doce (12) meses la vigencia de los títulos habilitantes a los administrados cuyas actividades impliquen la implementación de proyectos de inversión, entendiéndose estos como aquella intervención destinada a la creación, ampliación, mejoramiento o recuperación de la capacidad de producción de bienes y/o servicios.

Magdalena del Mar, 09 de setiembre de 2020

Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional